Cierre del primer semestre fiscal

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Cuatro obligaciones que toda empresa en Panamá debe atender


En el calendario fiscal de Panamá, junio y julio no son meses de descanso. Son el momento donde convergen el cierre del primer semestre, los vencimientos de la DGI, las obligaciones con la CSS, la Tasa Única anual y la preparación de la segunda partida del Decimo Tercer Mes. Para cualquier empresa formal en el país, este periodo es el segundo pico de presión fiscal del año, después del cierre de declaración de renta en marzo.

La diferencia entre una empresa que los gestiona con anticipación y una que los atiende a ultima hora suele verse en las multas automáticas, los recargos acumulados y, en el peor de los casos, la perdida del paz y salvo que bloquea licitaciones, créditos bancarios y renovaciones de Aviso de Operación.

Aqui están los cuatro frentes que toda empresa en Panamá debe tener cubiertos antes de que termine julio:

1. ITBMS mensual y el habito que protege el credito fiscal

    El ITBMS (el equivalente al IVA en Panamá, con tasa del 7%) se presenta y paga mensualmente antes del día 15 de cada mes mediante el Formulario 430 en el portal e-Tax 2.0 de la DGI. La declaración del mes de mayo vence el 15 de junio de 2026, y la de junio vence el 15 de julio.

    Por que este vencimiento mensual es mas critico de lo que parece. El ITBMS no es solo una obligación de caja. El crédito fiscal del ITBMS (los saldos a favor que genera la empresa cuando paga más impuesto del que recauda) depende directamente de que las declaraciones estén correctas y presentadas a tiempo. Una declaración tardía o con errores puede invalidar el crédito fiscal del periodo, lo que impacta directamente la posición de tesorería de la empresa.

    Adicionalmente, cada periodo de declaración solo se puede corregir una vez. Si hay un error en el Formulario 430 de mayo y ya se uso la corrección disponible, el único camino es una declaración rectificativa formal ante la DGI con costo de B/. 500 para personas jurídicas. La disciplina mensual no es un lujo: Es la diferencia entre gestionar el impuesto y perseguirlo.

    Planilla 03 – Pieza clave del rompecabezas

    La Planilla 03 (informe de empleados que concilia salarios, retenciones de ISR y aportes a la CSS) debe cuadrar exactamente con los registros de nomina. Errores en números de cedula o discrepancias entre lo reportado al MITRADEL y lo registrado en la CSS son la causa mas común de auditorias laborales y de la invalidación de registros de empleados. El cierre de junio es el momento ideal para hacer esa conciliación antes de que la DGI la haga por usted.

    2. Declaración Jurada de Sustancia Económica (vence el 30 de junio)

      FECHA CRITICA: 30 DE JUNIO DE 2026
      Declaración Jurada de Requisitos de Sustancia Económica para empresas con cierre fiscal al 31 de diciembre.

      Las empresas sujetas a las normas de sustancia económica en Panamá —especialmente holding companies, empresas SEM, y estructuras de inversión con operaciones intragrupo— deben presentar la Declaración Jurada de Requisitos de Sustancia dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal. Para las empresas con cierre al 31 de diciembre de 2025, esa fecha limite es el 30 de junio de 2026.


      ¿Que exige la declaración de sustancia económica?

      Las empresas deben demostrar que sus actividades principales se realizan efectivamente en Panamá:

      Trabajadores calificados en territorio nacional, gastos operativos directamente vinculados a la actividad, instalaciones físicas adecuadas y libros contables y documentación disponible. La declaración va a la DGI y, según el tipo de empresa, también a la Secretaria correspondiente.

      Las autoridades disponen de tres meses adicionales luego de recibida la declaración para emitir una resolución de cumplimiento o incumplimiento. Esa resolución puede ser objeto de reconsideración y recurso. El riesgo de no presentar no es solo una multa puntual: afecta directamente la posición de la empresa ante los estándares OCDE y su permanencia en los registros con los que Panamá busca salir definitivamente de las listas de jurisdicciones no cooperantes en 2026.

      ¿Quien debe prestarse especial atención?

      Cualquier empresa que tenga operaciones con partes relacionadas en el extranjero, que sea holding de otras sociedades en Panamá o en otras jurisdicciones, o que opere bajo un regimen especial (SEM, ZLC, Zona Franca de Panamá Pacifico, etc.) debe verificar con su asesor si esta dentro del alcance de la normativa de sustancia. No presentar cuando se esta obligado puede resultar en sanciones y en la perdida de beneficios de regimen especial.

      3. Tasa Única Anual: Vencimiento que siempre llega de sorpresa

        Todas las sociedades inscritas en el Registro Publico de Panamá deben pagar la Tasa Unica Anual de B/. 300.00. La fecha limite depende del mes en que se registro el Pacto Social de la empresa:

        El incumplimiento genera un recargo automatico del 10% sobre el monto adeudado. Mas importante: el no pago de la Tasa Unica puede derivar en la suspension del Pacto Social de la empresa en el Registro Publico, lo que complica cualquier tramite que requiera un certificado vigente: contratos, licitaciones, apertura de cuentas bancarias o modificaciones societarias.

        El pago se realiza a traves del portal e-Tax 2.0 de la DGI. Para empresas con pacto social registrado entre enero y junio, el 15 de julio de 2026 es la fecha que no puede perderse.

        4. Segunda partida del Decimo Tercer Mes

          La segunda partida del Decimo Tercer Mes corresponde al periodo del 16 de mayo al 15 de agosto de 2026 y debe pagarse antes del 15 de agosto de 2026. Aunque el vencimiento es en agosto, el cálculo correcto debe prepararse con las nominas de mayo, junio y julio. Esperar al 14 de agosto para calcular es la receta para cometer los tres errores mas comunes del Decimo en Panamá.

          Los tres errores de calculo que mas reclamos generan ante MITRADEL

          ⚠️ ERROR 1: Calcular solo sobre el salario base

          Las horas extras, comisiones y bonificaciones del periodo deben incluirse. Omitirlas reduce el monto del Decimo y puede ser causa de reclamo formal.

          ⚠️ ERROR 2: Aplicar la tasa de CSS ordinaria (9.75%) en el mes de pago

          En los meses en que se paga el Decimo, la cuota obrero del Seguro Social se reduce al 7.25%. Aplicar 9.75% es un descuento indebido de 2.5 puntos.

          ⚠️ ERROR 3: Descontar el Seguro Educativo (1.25%) sobre el Decimo

          El Seguro Educativo NO aplica en los meses de pago del Decimo Tercer Mes. Cualquier descuento por este concepto en agosto es incorrecto.


          Un empleado que cobre el Decimo con errores tiene derecho a presentar denuncia en el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) sin necesidad de abogado y de forma gratuita. Para la empresa, eso significa una inspección laboral y la obligación de recalcular y pagar la diferencia con mora. El costo de hacer el calculo bien desde junio es cero.

          El proporcional para quien salió antes de cerrar el periodo

          Si un trabajador termino su relación laboral antes del 15 de agosto, el empleador debe pagar el proporcional del Decimo correspondiente al tiempo trabajado dentro del periodo. Este pago se incluye en la liquidación. Omitirlo es uno de los motivos de demanda laboral mas frecuentes en Panamá.

          El denominador común de las cuatro obligaciones:

          La Planilla 03, la declaración de sustancia económica, la Tasa Única y el calculo correcto del Decimo tienen algo en común: todos dependen de información contable y de nomina actualizada, coherente y conciliada. Una empresa con la contabilidad al día no teme el 15 de junio ni el 30 de junio ni el 15 de julio. Los convierte en fechas de pago, no en fechas de pánico.

          En Siglo BPO acompañamos la gestión contable, fiscal y de nomina de empresas en Panamá, asegurándonos de que cada vencimiento llegue con los cálculos listos y la documentación en orden. Conoce nuestros servicios en Panamá y habla con un especialista sobre como esta posicionada tu empresa para cerrar el primer semestre.

          Siglo BPO Panamá

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